2016-04-08 07:36:07 - JUDICIALES
Tiempo de lectura: 48 segundos Nos encontramos ante un caso de violencia
sexual en el que la víctima es una mujer menor de edad, debiéndose recalcar que
los niños conforman uno de aquellos colectivos que han merecido especial amparo
por parte de las cartas magnas y la legislación supranacional. La primordial
razón de este énfasis tuitivo finca en su marcada vulnerabilidad y
dependencia, sostuvo el juez en su resolución.
El hecho se perpetró en un escenario que
revela un contexto de violencia sexual ejercida contra una mujer menor de edad.
Ello impone asegurar la realización del proceso y, por ende, demanda también
poner especial atención en aquellas circunstancias que podrían impedirlo u
obstaculizarlo, agregó el magistrado al resolver la prisión preventiva del
imputado. El abuso sexual simple tiene una penalidad de seis meses a cuatro
años.
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